Están incluidos en este cambio aquellos que sean beneficiarios de las siguientes prestaciones:
a) Prestación básica universal.
b) Prestación compensatoria.
c) Retiro por invalidez.
d) Pensión por fallecimiento.
e) Prestación adicional por permanencia.
f) Prestación por edad avanzada
En abril, los jubilados recibirán un incremento extraordinario equivalente al 12,5% sobre los haberes del mes de marzo y un adelanto de la modalidad correspondiente al mes de junio de 2024 calculado en base a la inflación. De mayo en adelante, el incremento se hará mediante un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año, calculado también en base al IPC (Índice de Precios al Consumidor).
Por su parte, también se aclara que esos aumentos serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente.





