La magistrada ordenó a la Organización de Servicios Directos Empresarios (O.S.D.E.) a que en el plazo de cuarenta y ocho horas de notificada “proceda a readecuar las cuotas dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del D.N.U. Nº 70/23 del P.E.N., limitándose a efectuar los aumentos previstos por la autoridad de aplicación” hasta tanto se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad o no de la norma.





