“Es importante que los empleados ingresen a la brevedad al servicio web “SIRADIG-Trabajador” con su clave fiscal y carguen la información que corresponda para que sea considerada por sus empleadores al momento de calcular el impuesto en la próxima liquidación de sueldos”, indicó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez.
Al efectuarse la liquidación anual, se aplicarán los importes acumulados anualmente, considerando los montos actualizados a partir del 1 de julio.
Si corresponde, se efectuará el reintegro del monto retenido en exceso al empleado. En la práctica, eso implica que las retenciones practicadas de más en el primer semestre de cada año se devolverán 10 meses después al empleado. “Esto no es razonable, ya que no se le reconoce ningún interés a su favor”, señala Domínguez.





