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Conocido el decreto de feriado nacional, no habrá actividad alguna este martes 20 en todos los niveles del Estado

La medida contenida en la norma de necesidad y urgencia divulgada a las 20.43 de esta noche determina el cese de actividades por los festejos que tendrán lugar en Capital Federal ante el triunfo el pasado domingo en Qatar del seleccionado nacional de fútbol que se consagró campeón mundial. No habrá actividades a nivel nacional, provincial y municipal, incluyendo en Necochea, como así no atenderán las oficinas de ANSES, PAMI y las de la UPC local

Por Jorge Gómez

Conocido esta noche a las 20.43 hs el decreto de necesidad y urgencia Nº 842 del Poder Ejecutivo que establece feriado nacional para este martes 20 de diciembre, la Municipalidad de Necochea como el resto de las provincias y las comunas del país estarán obligadas a no prestar servicios y por ende a sumarse a la medida dada a conocer por el gobierno federal, en atención a los anunciados festejos que tendrán lugar en Capital Federal y “compartir -tal cual dice la norma- con la selección masculina argentina de fútbol el título de campeones mundiales de fútbol obtenido en la “Copa Mundial de la FIFA CATAR 2022”.

Igual comportamiento, de no prestar servicio o sea que tendrán sus puertas cerradas, se producirá en las oficinas del ANSES, PAMI y la UPC de Necochea.

La decisión contrasta con una primera observación surgida, por ejemplo, desde el municipio de Necochea en la tardecita de este lunes 19 de diciembre, señalando que “este martes se trabajará normalmente”, consecuencia de un presunto decreto que contaba con las firmas de ministros que han renunciado a integrar el gabinete nacional.

“Eso es trucho”, señaló una fuente del Departamento Ejecutivo, anticipando poco después de las 18 que la actividad iría a ser totalmente normal este martes 20.

Esto se modificó a partir de conocerse los alcances del decreto Nº 842, por lo cual todas las actividades de todos los niveles del Estado, nacional, provincial y municipal, se interrumpirán ante este acontecimiento.

Al cierre de esta crónica se reiteró, por otra parte, que los venideros viernes 23 y 30 de diciembre las actividades municipales locales serán normales, algo que no ocurrirá este martes 20 de diciembre cuando las puertas de la comuna de Necochea se encuentren cerradas a la atención al público, manteniéndose sólo aquellas actividades esenciales y las guardias.

Trascendió que la agenda del intendente Arturo Rojas no será alterada, dado que cuenta con audiencias y compromisos contraídos, “los que se cumplirán normalmente”, se pudo conocer, previéndose que buena parte de los funcionarios de la administración comunal concurrirán a sus tareas, no así el plantel de trabajadores de planta permanente.

La norma nacional conocida esta noche, firmada por autoridades del Poder Ejecutivo Nacional, señala lo siguiente

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que el día 18 de diciembre de 2022 la SELECCIÓN MASCULINA ARGENTINA DE FÚTBOL se consagró CAMPEONA DEL MUNDO en la “Copa Mundial de la FIFA CATAR 2022”, obteniendo el tercer título mundial en su historia.

Que el plantel de la selección argentina, liderado por su capitán Lionel Andrés MESSI y dirigido por su técnico Lionel Sebastián SCALONI, tras un arduo camino, defendió los colores celeste y blanco de nuestra bandera, ante una multitud de hinchas y simpatizantes que los alentaron desde todos los rincones de la patria, así como desde los diferentes estadios donde se disputaron los partidos.

Que la obtención del título en la Copa Mundial de Fútbol 2022 es un merecido premio para todos los integrantes de la Selección Argentina y su cuerpo técnico por su espíritu de lucha, esfuerzo, unión, perseverancia, trabajo en equipo y compromiso, quienes tuvieron el temple necesario para sobreponerse a las dificultades sin bajar jamás los brazos, y se constituyeron como un ejemplo incuestionable para todo el pueblo argentino, demostrando que con sólidos ideales, siempre juntos y unidos, se pueden alcanzar los objetivos propuestos.

Que en este contexto, y toda vez que la SELECCIÓN ARGENTINA regresará al país el día martes 20 de diciembre de 2022, y con el fin de que el pueblo argentino pueda festejar en paz y en unión, compartiendo la alegría con nuestros jugadores y su cuerpo técnico, resulta propicio declararlo Feriado Nacional.

Que, no obstante lo expuesto, y atento la proximidad del cierre del ejercicio 2022 resulta necesario que el personal de las instituciones bancarias y entidades financieras y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) preste servicios hasta las 12:00 horas del día 20 de diciembre.

Que la Ley Nº 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles.

Que el artículo 22 de la Ley Nº 26.122 dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase feriado nacional el día 20 de diciembre de 2022 con el fin de que el pueblo argentino pueda festejar y compartir con la SELECCIÓN MASCULINA ARGENTINA DE FÚTBOL el título de Campeones Mundiales de Fútbol obtenido en la “Copa Mundial de la FIFA CATAR 2022”.

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.

ARTÍCULO 3º.- Exceptúase de lo dispuesto en el artículo 1° del presente al personal de las instituciones bancarias y entidades financieras y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), el que deberá prestar servicios hasta las 12:00 horas.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese”.

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