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Informaron qué actividades comerciales estarán permitidas el día del censo

La Ley 24.254 prohíbe funciones, exhibiciones, competencias, espectáculos y reuniones públicas hasta las 20 horas, tanto como la apertura de clubes y comercios de venta de artículos alimenticios y bebidas. Podrán mantener su actividad habitual aquellos comercios considerados esenciales.

La Municipalidad de Necochea informó cuáles actividades comerciales estarán permitidas durante la jornada del próximo miércoles 18 de mayo, fecha que fue declarada feriado nacional para optimizar el funcionamiento de la actividad censal.

Como todos los operativos de este estilo, el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022 está enmarcado en la Ley 24.254, que detalla en su articulado la prohibición “hasta las veinte (20) horas” de funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y, en general, toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos, según explicó el secretario de Turismo y Desarrollo Productivo, Matías Sierra.

Además, la misma normativa dispone que permanecerán cerrados los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías, clubes y todo comercio de venta de artículos alimenticios y bebidas, que podrán volver a abrir sus puertas y funcionar normalmente luego del horario descrito.

Por su parte, aquellos comercios considerados esenciales podrán mantener su actividad habitual. Dentro de esta categoría se encuentran los hospitales, centros de salud, estaciones de servicio o farmacias, es decir, aquellos que no se nombran en el artículo 2 de la Ley. En este caso, quienes concurran a trabajar deberán asegurarse de que un miembro del grupo familiar se encuentre en la vivienda al momento del censo.

Recordando que es el INDEC el organismo rector de este accionar, tal como lo prevé la Ley 17.622, es importante destacar que “a los efectos salariales será de aplicación la legislación vigente en la materia para los días declarados feriados nacionales”, como dicta el artículo 3 de la primera Ley, y que “toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado”, según indica el apartado cuarto.

El funcionario insistió, asimismo, en la gran oportunidad que brinda el Censo Digital, que se implementa por primera vez en Argentina y que permite agilizar los tiempos a través del llenado previo del cuestionario, luego de cuya instrumentación solo se deberá exponer ante el censista el código alfanumérico emitido por la aplicación y responder cuántas personas habitan el hogar.

El día del Censo es declarado feriado nacional con el objetivo de que todas las personas puedan esperar en sus viviendas a las personas acreditadas para entrevistarlas, por lo que desde la página oficial del operativo solicitan que, en caso de salir, se aseguren antes de que en todo momento haya alguien presente que pueda responder las preguntas o presentar el comprobante de finalización del Censo digital.

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