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La Corte provincial declaró inconstitucionales algunos artículos de la Ley de Guardavidas

En una sentencia que resultó a favor de la Asociación de Concesionarios de Unidades Turística de Pinamar, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires decidió que ya no tendrá efecto, entre otros puntos, la parte de la normativa que imponía a los privados la contratación de rescatistas durante 150 días al año.

En los primeros días de junio, se conoció una sentencia del máximo tribunal bonaerense que declara la inconstitucionalidad de la Ley Nº 14.798/15, reguladora del servicio de Guardavidas en todo el territorio, que preocupa a los sindicatos que nuclean a los trabajadores del rubro, principalmente, porque se extinguiría la obligatoriedad de contratar personal 150 días al año.

El dictamen, que responde a una solicitud efectuada por el municipio de Pinamar, pero que sienta jurisprudencia para futuros reclamos, fue analizado en la mañana de Voces de la Ciudad, por FM Vinilo 103.5 MHz, por el abogado Marcos Migdal, ex subsecretario de Legal y Técnica de la comuna.

“Cuando me tocó la función pública era el debut de esta ley y había muchos conflictos con el sector de guardavidas”, recordó, para remarcar sobre este punto que “siempre sostuvimos su inconstitucionalidad, porque no toda norma legal quiere decir que sea aplicable a todo el país”.

En este sentido, consideró que “en Necochea era de difícil aplicación por factores climáticos y la Asociación tenía su postura”, entonces “pedimos la opinión de la Asesoría General de Gobierno y nos dio el aval, pero no se planteó ningún recurso legal”.

El profesional explicó que “esta jurisprudencia, que sienta doctrina legal, es congruente con lo que afirmamos en su momento”. Separando las aguas de la normativa nacional, que “tiene plazos similares, pero reducidos, es más flexible en cuanto a su aplicación, pero más difícil de aplicar en lo estatal”, y que también podría declararse contraria a la Carta Magna, aunque “la Corte no se pronuncia sobre esa leyes porque no podés pedir la inconstitucionalidad de dos normas” al mismo tiempo, manifestó.

Migdal sostuvo que “era una suerte de quiebra en sus finanzas cumplir con esta ley”, tal el caso de Chascomús, y reveló que “con Pinamar compartimos la Cámara de Apelaciones, que es la de Mar del Plata”, por lo que “ya sabemos cuál va a ser el rumbo de los juzgados de la zona”, si se planteara una situación de este calibre.

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