Según explica el texto, la redacción de esta norma está «enmarcada en el proceso de saneamiento de la dramática situación económica en la que está sumido nuestro país». Y, en ese marco, el proyecto se refiere al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social (Título I), que es una moratoria, y al Régimen de Regularización de Activos (Título II), un blanqueo.
En ese sentido, se crea el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social con el fin de lograr el pago voluntario de esos impuestos. Es por eso que el Gobierno prevé «la posibilidad de que los contribuyentes y responsables se acojan al régimen, obteniendo distintos beneficios según la modalidad de la adhesión y el tipo de deuda que registren».
Se establece que los contribuyentes y responsables de las obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) , podrán acogerse por las obligaciones vencidas al 29 de febrero de 2024, inclusive, y por las infracciones cometidas hasta dicha fecha relacionadas o no con aquellas obligaciones.