{"id":103826,"date":"2023-09-27T10:54:29","date_gmt":"2023-09-27T10:54:29","guid":{"rendered":"https:\/\/primicias2262.com\/noticias\/?p=103826"},"modified":"2023-09-28T17:41:24","modified_gmt":"2023-09-28T17:41:24","slug":"aprueban-la-devolucion-de-un-prestamo-de-casi-100-millones-que-en-2020-provincia-envio-a-necochea-por-el-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/primicias2262.com\/noticias\/aprueban-la-devolucion-de-un-prestamo-de-casi-100-millones-que-en-2020-provincia-envio-a-necochea-por-el-covid-19\/","title":{"rendered":"Aprueban la devoluci\u00f3n de un pr\u00e9stamo de casi $100 millones que en 2020 Provincia envi\u00f3 a Necochea por el Covid-19"},"content":{"rendered":"<p><strong>Transcurrido tres ejercicios, la Municipalidad local devolver\u00e1 a partir del 1\u00ba de diciembre a la Provincia de Buenos Aires, en 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas -sin intereses-, aquella partida que sali\u00f3 en auxilio a los municipios que accedieron en su momento al denominado Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contenci\u00f3n Fiscal Municipal\u201d. El expediente, contenido en sendos decretos de los dos departamentos comunales, fue aprobado d\u00edas atr\u00e1s por el Concejo Deliberante<\/strong><\/p>\n<p><strong>Por Jorge G\u00f3mez<\/strong><\/p>\n<p>El Concejo Deliberante de Necochea aprob\u00f3 sin consideraciones, en la \u00faltima sesi\u00f3n ordinaria, un proyecto de decreto por el cual se otorg\u00f3 consentimiento a una norma similar surgida en las \u00faltimas semanas desde el Departamento Ejecutivo mediante el cual se establece que a partir del 1\u00ba de diciembre de este a\u00f1o, y en un plan de 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas (hasta mayo de 2025), se proceder\u00e1 a la devoluci\u00f3n de la partida de 99.800.000 pesos que oportunamente destin\u00f3 el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a la Municipalidad de Necochea, hecho que tuvo lugar en el segundo semestre del ejercicio 2020, en atenci\u00f3n a la situaci\u00f3n de \u201cemergencia sanitaria\u201d que se registr\u00f3 como consecuencia de la pandemia de Covid-19.<\/p>\n<p>El expediente en cuesti\u00f3n estuvo incluido en el orden del d\u00eda de la pasada sesi\u00f3n del HCD y entre los vistos y considerandos se se\u00f1ala la reciente historia de este pr\u00e9stamo, al cual accedieron la totalidad de las comunas bonaerenses, en el marco de la disposici\u00f3n del denominado \u201cFondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contenci\u00f3n Fiscal Municipal\u201d que dispuso el Estado bonaerense vista la extraordinaria circunstancia sanitaria, y en el aludido ejercicio en el que los ingresos de recursos a las comunas se vio menguado como resultante, entre otras variantes, del cierre y la fuerte inactividad registrada en las m\u00faltiples actividades de la sociedad argentina.<\/p>\n<p>Varias acciones previas a esta se produjeron en este lapso, postergando la Provincia el momento para llevar a cabo la devoluci\u00f3n de este importe, el que fue solicitado se produzca en este final del presente ejercicio comunal.<\/p>\n<p>Transcurrido tres ellos, en este 2023 el DE necochense mediante un decreto 3019\/23, \u201cse acogi\u00f3 a la reprogramaci\u00f3n de la deuda municipal generada en el marco del \u201cFondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contenci\u00f3n Fiscal Municipal\u201d, seg\u00fan reza la norma.<\/p>\n<p>A consecuencia de esta medida, el Concejo local convalid\u00f3 recientemente en todos sus t\u00e9rminos el decreto citado, acogi\u00e9ndose a la reprogramaci\u00f3n de la deuda municipal asumida en su momento, la que est\u00e1 fijada -as\u00ed se se\u00f1ala- en 99.800.000 pesos.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 2\u00ba del decreto del HCD N\u00ba 4061\/23 da cuenta de lo lo siguiente \u201cEstablecer que la reprogramaci\u00f3n mencionada en el art\u00edculo precedente, se ajustar\u00e1 a las siguientes condiciones financieras:<\/p>\n<p>-TOTALDE LA DEUDA MUNICIPAL ALCANZADA: Pesos Noventa y nueve millones ochocientos mil ($ 99.800.000,00).<\/p>\n<p>-PLAZO DE GRACIA: hasta el 1 de diciembre de 2023.<\/p>\n<p>-PLAZO DE DEVOLUCI\u00d3N, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS:\u00a0 de dieciocho (18) meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el fin del plazo de gracia.<\/p>\n<p>-MEDIO DE PAGO Y GARANTIA: los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del R\u00e9gimen de Coparticipaci\u00f3n Municipal de Impuestos establecido por la Ley N\u00ba 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el r\u00e9gimen que en el futuro lo sustituya o reemplace\u201d.<\/p>\n<p>En consecuencia, de los recursos que por coparticipaci\u00f3n provincial se le remite mensualmente a la comuna de Necochea se proceder\u00e1 a la retenci\u00f3n de la cuota respectiva que, dividiendo aquel monto por 18 cuotas, arroja un monto de casi 5.444.000 pesos.<\/p>\n<p>Y de esta manera, en un a\u00f1o y medio (o sea hasta el mes de mayo de 2025 inclusive), el municipio local proceder\u00e1 a devolver al Estado bonaerense -sin intereses- aquella cifra de casi 100 millones de pesos que, se reitera, sali\u00f3 a atender la demanda de recursos para la especial atenci\u00f3n sanitaria que se produjo por la pandemia de Covid-19.<\/p>\n<p><strong>El texto completo del decreto aprobado hace d\u00edas atr\u00e1s por el HCD local da cuenta de lo siguiente:<\/strong><\/p>\n<p>Visto<\/p>\n<p>El expediente municipal N\u00b0 2215\/2020 c\/2471\/2020 c\/3140\/2020 elevado por el\u00a0 Departamento\u00a0 Ejecutivo\u00a0 Municipal\u00a0 mediante\u00a0 el\u00a0 cual\u00a0 se\u00a0 solicita\u00a0 la\u00a0 autorizaci\u00f3n\u00a0 para reprogramar las deudas contra\u00eddas con el Estado Provincial en el marco del \u201cFondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contenci\u00f3n Fiscal Municipal\u201d, establecido en el Decreto Provincial N\u00b0 264\/20, ratificado por la Ley N\u00b0 15.174, el art\u00edculo 56\u00b0 de la Ley N\u00b0 15.310- Presupuesto Provincial para el Ejercicio Fiscal 2022- y la Resoluci\u00f3n N\u00b0 55\/22 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia; y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:-<\/p>\n<p>Que mediante Ordenanzas 10294\/20, 10538\/21 y 10822\/22 se autoriz\u00f3 la reprogramaci\u00f3n de las deudas municipales generadas en el marco del \u201cFondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contenci\u00f3n Fiscal Municipal\u201d, las cuales fue aprobada por este Honorable Concejo Deliberante;<\/p>\n<p>Que a fs. 124 se comunica que los municipios que fueros asistidos por dicho Fondo podr\u00e1n solicitar la cuarta reprogramaci\u00f3n de su stock de deuda hasta el 01\/12\/2023;<\/p>\n<p>Que el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 3019\/23 se acogi\u00f3 a la reprogramaci\u00f3n de la\u00a0 deuda\u00a0 municipal\u00a0 generada\u00a0 en\u00a0 el\u00a0 marco\u00a0 del\u00a0 \u201cFondo\u00a0 Especial\u00a0 de Emergencia Sanitaria para la Contenci\u00f3n Fiscal Municipal\u201d;<\/p>\n<p>Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas P\u00fablicas de la Provincia de Buenos Aires, conforme a lo establecido a la Resoluci\u00f3n 780\/23 sugiere la comunicaci\u00f3n del Decreto municipal de adhesi\u00f3n a la reprogramaci\u00f3n de la deuda a este H. Cuerpo;<\/p>\n<p>POR TODO ELLO EL H. CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus leg\u00edtimas atribuciones sanciona el siguiente:-<\/p>\n<p>D E C R E T O\u00a0\u00a0 N\u00b0 4061\/23<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba:- Conval\u00eddase en todos sus t\u00e9rminos el Decreto Municipal 3019\/23, el cual en su articulado reza de la siguiente manera:-<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba: Acogerse a la reprogramaci\u00f3n de las deudas municipales generadas en el marco del \u201cFondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contenci\u00f3n Fiscal Municipal\u201d creado por el Decreto N\u00ba 264\/20 (ratificado por la Ley N\u00ba 15.174), complementado por el art\u00edculo 47 de la Ley N\u00b0 15.394 y la Resoluci\u00f3n N\u00b0 780\/23 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, por la suma de Pesos Noventa y nueve millones ochocientos mil ($ 99.800.000,00).<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba: Establecer que la reprogramaci\u00f3n mencionada en el art\u00edculo precedente, se ajustar\u00e1 a las siguientes condiciones financieras:<\/p>\n<p>TOTAL DE LA DEUDA MUNICIPAL ALCANZADA: Pesos Noventa y nueve millones ochocientos mil ($ 99.800.000,00).<\/p>\n<p>PLAZO DE GRACIA: hasta el 1 de diciembre de 2023.<\/p>\n<p>PLAZO DE DEVOLUCI\u00d3N, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS:\u00a0 de dieciocho (18) meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el fin del plazo de gracia.<\/p>\n<p>MEDIO DE PAGO Y GARANTIA: los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del R\u00e9gimen de Coparticipaci\u00f3n Municipal de Impuestos establecido por la Ley N\u00ba 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el r\u00e9gimen que en el futuro lo sustituya o reemplace.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba: Afectar, en favor de la provincia de Buenos Aires, los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del R\u00e9gimen de Coparticipaci\u00f3n Municipal de Impuestos establecido por la Ley N\u00ba 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el r\u00e9gimen que en el futuro lo reemplace, como medio de pago y garant\u00eda de la deuda reprogramada.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00ba: Disponer para los ejercicios fiscales futuros en sus respectivos presupuestos las partidas necesarias para atender la cancelaci\u00f3n total de la Reprogramaci\u00f3n de Deudas Municipales generadas en el marco de las normas detalladas en el art\u00edculo 1\u00b0 del presente. ART\u00cdCULO 5\u00ba: Reg\u00edstrese, pase a la Contadur\u00eda General, Direcci\u00f3n General de Presupuesto, y Tesorer\u00eda Municipal.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 6\u00ba: Comun\u00edquese al Honorable Concejo Deliberante, al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires y d\u00e9se la intervenci\u00f3n que corresponda a los organismos y\/o las reparticiones provinciales y\/o nacionales conforme lo establecido en la legislaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba:- Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo y dem\u00e1s\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Transcurrido tres ejercicios, la Municipalidad local devolver\u00e1 a partir del 1\u00ba de diciembre a la Provincia de Buenos Aires, en 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas -sin intereses-, aquella partida que sali\u00f3 en auxilio a los municipios que accedieron en su momento al denominado Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contenci\u00f3n Fiscal Municipal\u201d. 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