{"id":85878,"date":"2021-12-28T08:46:24","date_gmt":"2021-12-28T11:46:24","guid":{"rendered":"https:\/\/primicias2262.com\/?p=85878"},"modified":"2021-12-28T08:46:24","modified_gmt":"2021-12-28T11:46:24","slug":"desde-el-sabado-1o-de-enero-el-boleto-plano-de-micros-costara-80","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/primicias2262.com\/noticias\/desde-el-sabado-1o-de-enero-el-boleto-plano-de-micros-costara-80\/","title":{"rendered":"Desde el s\u00e1bado 1\u00ba de enero el boleto plano de micros costar\u00e1 $80"},"content":{"rendered":"<p><strong>Tal lo previsto en la ordenanza sancionada en octubre pasado por el Concejo Deliberante, homologada por el Departamento Ejecutivo, que produjo dos correcciones en los valores del transporte urbano de pasajeros de Necochea y Quequ\u00e9n. El que rige desde fines de octubre, que se elev\u00f3 el citado boleto a 60 pesos, dejando autorizado el costo de 80 pesos a partir del primer d\u00eda de 2022.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Por Jorge G\u00f3mez<\/strong><br \/>\n<strong>(Colaboraci\u00f3n)<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/primicias2262.com\/wp-content\/uploads\/2021\/08\/Gomez.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-80409\" src=\"https:\/\/primicias2262.com\/wp-content\/uploads\/2021\/08\/Gomez-269x300.jpg\" alt=\"\" width=\"269\" height=\"300\" \/><\/a><\/p>\n<p>A partir del 1\u00ba de enero pr\u00f3ximo -s\u00e1bado venidero- empezar\u00e1 a regir en las ciudades de Necochea y Quequ\u00e9n un costo de 80 pesos para el boleto plano del transporte urbano de pasajeros, servicio que prestan la Compa\u00f1\u00eda de Transportes Necochea -micros azules- y Micro \u00d3mnibus Nueva Pompeya -micros verdes-.<\/p>\n<p>Tal lo previsto en la ordenanza 10590\/21 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante en sesi\u00f3n llevada adelante el pasado 26 de octubre cuando se dispusieron dos aumentos. Uno de ellos llevando el citado boleto a 60 pesos y dejando autorizado otro a 80, el que empezar\u00e1 a tener vigencia en d\u00edas m\u00e1s.<\/p>\n<p>La aludida norma municipal, homologada por el Departamento Ejecutivo tras su paso por el HCD, dej\u00f3 expresamente se\u00f1alado este nuevo incremento, vigente con el primer d\u00eda del nuevo a\u00f1o.<\/p>\n<p>Est\u00e1 confirmada la tramitaci\u00f3n y el respectivo consentimiento para que el sistema SUBE tenga incorporada esta correcci\u00f3n, seg\u00fan se\u00f1alaron fuentes de las concesionarias que fueron consultadas.<\/p>\n<p>Paralelamente a la fijaci\u00f3n en 80 pesos para el costo del boleto plano, tambi\u00e9n se mover\u00e1n los valores de los restantes boletos, seg\u00fan este detalle: 64 pesos para el boleto obrero y terciario\/universitario; y a un costo de 36 pesos para jubilados y sociales.<\/p>\n<p><strong>LA ORDENANZA<\/strong><\/p>\n<p>La ordenanza que prev\u00e9 este marco de valores para el transporte urbano de pasajeros local, que data de octubre pasado, se\u00f1ala lo siguiente:<\/p>\n<p><strong>VISTO:<\/strong><\/p>\n<p>La solicitud de las Compa\u00f1\u00edas de transporte P\u00fablico de Pasajeros del Distrito de Necochea, presentada con fecha 14 de octubre de 2021 por ante el H. Concejo Deliberante sobre la revisi\u00f3n de las tarifas; y<\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/p>\n<p>Que las empresas son concesionarias de la explotaci\u00f3n de los servicios de transporte p\u00fablico de pasajeros de corta y media distancia de la ciudad de Necochea a saber: L\u00edneas 510\/511\/512\/513\/514\/516\/517\/518 (C\u00eda. De Transportes Necochea S.A.), y n\u00fameros 502\/503 (Micro \u00d3mnibus Nueva Pompeya S.R.L.), conforme al contrato de concesi\u00f3n con plazo de licencia hasta 2027;<\/p>\n<p>Que en el corriente a\u00f1o 2021, a trav\u00e9s de la delegaci\u00f3n de facultades sancionada por Ordenanza N\u00b010470\/21, el D.E. otorg\u00f3 una tarifa para el boleto plano de $35, que entr\u00f3 en vigencia en \u00e9ste mismo a\u00f1o y a partir de diciembre de 2021 otorgar\u00eda una tarifa para el boleto plano de $39;<\/p>\n<p>Que, a la luz de los informes de costos y aumentos generalizados de precios en la econom\u00eda nacional, este Honorable Cuerpo entiende que es necesario establecer un aumento tarifario que ayude a palear el incremento de los costos operativos que rigen para la actividad en particular;<\/p>\n<p>Que atento los graves inconvenientes denunciados por la empresa y por el sindicato que afectan directamente a los trabajadores del sector, y que han llevado a que hoy estemos ante un paro total de actividades y sin servicio de transporte de pasajeros en la ciudad por no poder abonar deuda de salarios y sueldo en legal tiempo y forma;<br \/>\nque atento lo manifestado anteriormente, debe dejarse sin efecto la ordenanza 10470\/21 que se encuentra vigente;<\/p>\n<p>POR TODO ELLO EL H. CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus leg\u00edtimas atribuciones sanciona la siguiente:<\/p>\n<p>O R D E N A N Z A N\u00b0 10590\/21<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00b0: D\u00e9rogase en todos sus t\u00e9rminos la Ordenanza 10470\/21.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00b0: Autorizase a las empresas CIA. DE TRANSPORTES NECOCHEA S.A. y MICRO \u00d3MNIBUS NUEVA POMPEYA S.R.L., ambas prestatarias del Servicio de transporte P\u00fablico de Pasajeros a aplicar a partir de la promulgaci\u00f3n de la presente ordenanza un nuevo cuadro tarifario, a saber: Boleto Plano $60 (sesenta pesos); a partir del 1\u00ba de enero del a\u00f1o 2022 un nuevo cuadro tarifario: Boleto Plano $ 80 (ochenta pesos)<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00b0: Las restantes categor\u00edas de boletos vigentes se regir\u00e1n de conformidad con la cl\u00e1usula 15 de los contratos de concesi\u00f3n vigentes entre la Municipalidad de Necochea y las mencionadas empresas prestatarias del servicio de transporte p\u00fablico de pasajeros.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00b0: Comun\u00edquese a las compa\u00f1\u00edas \u201cCOMPA\u00d1\u00cdA DE TRANSPORTES NECOCHEA S.A. y MICRO \u00d3MNIBUS NUEVA POMPEYA S.R.L. que deber\u00e1n dar cumplimiento a las mejoras en el servicio propuestas en el anexo 1 de la Ordenanza N\u00b09473\/18.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 5\u00b0: El Departamento Ejecutivo deber\u00e1 realizar los tr\u00e1mites correspondientes en tiempo y forma a fin de que se haga efectiva la incorporaci\u00f3n de las tarifas establecidas, en el Sistema \u00danico de Boleto Electr\u00f3nico (SUBE). Asimismo, se encargar\u00e1 de difundir las fechas exactas en que entraran en vigencia dichas tarifas, para conocimiento de los usuarios.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 6\u00b0: Autor\u00edzase al Departamento Ejecutivo a suscribir con las empresas \u201cC\u00eda. De Transportes Necochea S.A.\u201d y \u201cMicro \u00d3mnibus Nueva Pompeya S.R.L.\u201d, toda la documentaci\u00f3n que a los efectos sean necesarias para dar cumplimiento a la presente norma.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 7\u00b0: Las empresas deber\u00e1n exhibir el cuadro tarifario de manera visible para los pasajeros en el interior de los \u00f3mnibus.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 8: Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo y dem\u00e1s.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tal lo previsto en la ordenanza sancionada en octubre pasado por el Concejo Deliberante, homologada por el Departamento Ejecutivo, que produjo dos correcciones en los valores del transporte urbano de pasajeros de Necochea y Quequ\u00e9n. 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