{"id":86397,"date":"2022-01-13T11:49:48","date_gmt":"2022-01-13T14:49:48","guid":{"rendered":"https:\/\/primicias2262.com\/?p=86397"},"modified":"2022-01-13T11:49:48","modified_gmt":"2022-01-13T14:49:48","slug":"vence-el-plazo-para-justificar-la-ausencia-en-la-ultima-eleccion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/primicias2262.com\/noticias\/vence-el-plazo-para-justificar-la-ausencia-en-la-ultima-eleccion\/","title":{"rendered":"Vence el plazo para justificar la ausencia en la \u00faltima elecci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><strong>Los que incumplieron su obligaci\u00f3n de votar y no lo justifiquen quedar\u00e1n como infractores. Y no podr\u00e1n hacer ciertos tr\u00e1mites hasta pagar una multa.<\/strong><\/p>\n<p>A las personas que estaban obligadas a votar en las elecciones generales del 14 de noviembre de 2021 y no lo hicieron les quedan s\u00f3lo unos d\u00edas m\u00e1s para evitar sanciones.<br \/>\nLas normas vigentes establecen que a partir de la votaci\u00f3n los ciudadanos tienen un plazo determinado para demostrarle a la Justicia Electoral que su inasistencia tuvo un motivo v\u00e1lido.<\/p>\n<p>El tiempo para hacer esa gesti\u00f3n, que se puede resolver online en casi todo el pa\u00eds, es el que ahora est\u00e1 a punto de terminarse.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 pasa si el \u00abfaltazo\u00bb no se justifica? El ciudadano quedar\u00e1 como infractor en un registro oficial, lo que puede traerle dolores de cabeza cuando necesite hacer tr\u00e1mites ante organismos p\u00fablicos. Salvo que pague una multa.<\/p>\n<p>\u00bfQui\u00e9nes estaban obligados a votar en las \u00faltimas elecciones y cu\u00e1les son las excepciones?<br \/>\nDeber\u00edan haber asistido todos ciudadanos de entre 18 y 69 a\u00f1os que figuraran en el padr\u00f3n. Para los mayores de 70 a\u00f1os votar fue opcional, al igual que para los adolescentes de 16 y 17 a\u00f1os.<\/p>\n<p>En el caso de una persona de 18 a 69 a\u00f1os que no fue a votar, puede considerarse exceptuada de la obligaci\u00f3n s\u00f3lo si el d\u00eda del comicio:<\/p>\n<p>Estaba a m\u00e1s de 500 kil\u00f3metros de la escuela que le toc\u00f3 y se acerc\u00f3 a una comisar\u00eda a pedir un certificado.<\/p>\n<p>Estaba enferma o impedida de asistir por razones de fuerza mayor, comprobadas y justificadas ante un m\u00e9dico.<\/p>\n<p>Ten\u00eda indicaci\u00f3n de aislarse por haber dado positivo de coronavirus o por ser un caso sospechoso.<\/p>\n<p>Debi\u00f3 cumplir funciones en el operativo electoral, en un organismo p\u00fablico o en una empresa de servicios p\u00fablicos que le impidieron ir a votar.<\/p>\n<p>\u00bfHasta cu\u00e1ndo hay tiempo para justificar la inasistencia a votar y evitar la multa?<br \/>\nEl ciudadano tiene 60 d\u00edas, contados a partir de la votaci\u00f3n, para presentar ante la Justicia Electoral los documentos que comprueban que no pudo ir por alguno de los motivos v\u00e1lidos previstos.<\/p>\n<p>A quienes hab\u00edan faltado a las PASO del 12 de septiembre el plazo se les venci\u00f3 hace rato (el 11 de noviembre) y ya no tienen la chance de justificar la inasistencia.<\/p>\n<p>Pero los que estuvieron ausentes en la elecci\u00f3n general del 14 de noviembre todav\u00eda tienen tiempo, hasta este jueves 13 de enero de 2022.<\/p>\n<p>\u00bfC\u00f3mo es el tr\u00e1mite para justificar que no fui a votar por un motivo v\u00e1lido?<br \/>\nPara justificar la inasistencia hay que entrar al sitio infractores.padron.gov.ar, escribir el n\u00famero de documento, seleccionar el g\u00e9nero y el distrito electoral, y seguir las instrucciones para remitir los certificados online.<\/p>\n<p>A quienes tienen domicilio en la Capital Federal, por su parte, se les indica hacer el tr\u00e1mite presencialmente ante la Secretar\u00eda Electoral del distrito. Para eso deben ir con el DNI y las constancias a Tucum\u00e1n 1320 (subsuelo), en la zona de Tribunales, de 7.30 a 13.30.<br \/>\n\u00bfQu\u00e9 pasa si no vot\u00e9 y tampoco justifico mi inasistencia en el plazo previsto por ley?<\/p>\n<p>Si 60 d\u00edas despu\u00e9s de la votaci\u00f3n el elector no justific\u00f3 su ausencia, su nombre ingresar\u00e1 a una base de datos de acceso p\u00fablico llamada Registro de Infractores al Deber de Votar.<br \/>\nSeg\u00fan el C\u00f3digo Nacional Electoral (art\u00edculos 125 y 126), quienes figuren en esa lista no podr\u00e1n hacer gestiones ni tr\u00e1mites ante organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires ni municipales. Castigo que rige durante un a\u00f1o a partir del d\u00eda 60, o bien hasta pagar una multa.<\/p>\n<p>Los que est\u00e1n en el Registro, seg\u00fan la norma, tampoco podr\u00e1n ser designados en cargos o empleos p\u00fablicos durante tres a\u00f1os a partir de la elecci\u00f3n, si no ponen su situaci\u00f3n en orden.<\/p>\n<p>\u00bfC\u00f3mo verificar si estoy en el Registro de Infractores al Deber de Votar?<br \/>\nPara revisar el Registro de Infractores hay que entrar al sitio infractores.padron.gov.ar, escribir el n\u00famero de documento, seleccionar el g\u00e9nero y el distrito electoral, escribir el c\u00f3digo de validaci\u00f3n \u00abcaptcha\u00bb y apretar el bot\u00f3n \u00abConsultar\u00bb.<\/p>\n<p>De inmediato el sistema desplegar\u00e1 una lista con el detalle de las \u00faltimas 9 elecciones, indicando en cada caso \u00abUd. no es infractor\u00bb sobre un fondo verde; o \u00abNo ha votado\u00bb, en rojo, si hay una inasistencia registrada pendiente de resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>En este \u00faltimo caso, al ciudadano le explican: \u00abSeg\u00fan los datos obrantes en la Justicia Nacional Electoral, usted no ha emitido su voto en la elecci\u00f3n indicada. Para regularizar su situaci\u00f3n, puede solicitar su justificaci\u00f3n -dentro de los 60 d\u00edas con las certificaciones correspondientes- o abonar la multa prevista por el C\u00f3digo Nacional Electoral\u00bb.<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1nto cuesta la multa que permite salir del Registro de Infractores al Deber de Votar?<br \/>\nEl monto de la multa depender\u00e1 de cu\u00e1ntas infracciones pendientes de pago tenga acumuladas el ciudadano:<br \/>\n\u2022 Si no tiene infracciones previas sin regularizar, son $ 50.<br \/>\n\u2022 Si tiene 1 infracci\u00f3n previa sin regularizar, $ 100.<br \/>\n\u2022 Si tiene 2 infracciones previas sin regularizar, $ 200.<br \/>\n\u2022 Si tiene 3 infracciones previas sin regularizar, $ 400.<br \/>\n\u2022 Si tiene 4 o m\u00e1s infracciones previas sin regularizar, $ 500.<\/p>\n<p>Quien no pueda justificar su asistencia a la votaci\u00f3n de noviembre ya puede pagar la multa. Tambi\u00e9n se pueden abonar las infracciones pendientes por las \u00faltimas PASO y las que se arrastren de elecciones anteriores (de 2019, 2017 y otras hacia atr\u00e1s).<br \/>\nPaso a paso, \u00bfc\u00f3mo pagar online la multa por no haber ido a votar?<\/p>\n<p>Paso 1. Hecha la consulta en infractores.padron.gov.ar, se ubica la inasistencia pendiente de regularizar y se elige la opci\u00f3n \u00abBoleta de pago multa\u00bb.<\/p>\n<p>Paso 2. El sistema pedir\u00e1 elegir el medio de pago, ofreciendo dos opciones.<\/p>\n<p>Paso 3. La primera alternativa es emitir una boleta para saldar la deuda en el Banco Naci\u00f3n. El documento se descarga al dispositivo, el ciudadano lo imprime y puede ir a pagarlo a la sucursal m\u00e1s cercana (buscarla aqu\u00ed).<br \/>\nEl otro camino disponible es elegir \u00abOtros medios de pago\u00bb y luego \u00abGenerar boleta\u00bb.<\/p>\n<p>Paso 4. Si se eligi\u00f3 \u00abOtros medios de pago\u00bb, el ciudadano ser\u00e1 redirigido de inmediato a la plataforma de pagos PayU, donde deber\u00e1 seleccionar si desea:<br \/>\nAbonar online con tarjeta de cr\u00e9dito o de d\u00e9bito (Visa, Mastercard o American Express), ingresando enseguida los datos del pl\u00e1stico y su titular.<br \/>\nAbonar en efectivo en locales de las redes Pago F\u00e1cil, Rapipago y Cobro Express.<\/p>\n<p>Paso 5. Una vez concretado el pago, el infractor debe guardar el comprobante y ya no necesitar\u00e1 hacer ninguna otra gesti\u00f3n porque la Justicia Electoral recibir\u00e1 el aviso correspondiente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los que incumplieron su obligaci\u00f3n de votar y no lo justifiquen quedar\u00e1n como infractores. Y no podr\u00e1n hacer ciertos tr\u00e1mites hasta pagar una multa. 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